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¿Qué ha pasado con el Decreto de Alarma del mes de septiembre?

Hoy lunes 14 de septiembre, inicio de una nueva semana de cuarentena radical y sostenida a nivel nacional, mediante la cual el Ejecutivo tiene su formato 7 + 7, formato que realmente no ha sido cumplido por los habitantes de los diferentes Estados del territorio y mucho menos los Órganos de Seguridad Ciudadana y las Fuerzas Armadas Bolivarianas, quienes son los garantes del cumplimiento de las instrucciones del Poder Ejecutivo, han hecho cumplir. Llama poderosamente la atención que a la fecha, hoy lunes 14 de septiembre, aun no se ha tenido acceso a la publicación de la Gaceta Oficial donde se decrete el Estado de Alarma en todo el Territorio Nacional por la Covid-19, a pesar que el Tribunal Supremo de Justicia en la sentencia 0132-2020 emanada de la Sala Constitucional con ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, declaro la constitucionalidad del decreto 4.275 del 30 de agosto de 2020, publicada en la Gaceta Oficial 6.568 Extraordinario de la misma fecha, pero cuando pulsamos para ver la jurisprudencia leemos "NO ENCONTRADO" "El recurso solicitado no ha sido encontrado", asimismo buscamos la publicación en digital de la Gaceta Oficial del Decreto de Estado de Alarma, obtenemos el similar resultado, no aparece por ningún lado. Esta situación nos puede generar la siguiente incertidumbre: ¿será que fue levantado el Estado de Alarma en todo el Territorio Nacional?, les dejo esta interrogante y otras que pueden tener.

A continuación les hago un recuento de manera cronológica de las publicaciones en Gaceta Oficial de los Estados de Alarma y sus respectivas prorrogas legales con sus respectivos enlaces para su descarga y/o lectura .

A le fecha, el poder Ejecutivo ha decretado 3 Estado de Alarma con sus respectivas prorrogas, lo que nos da 6 meses de paralización del Poder Judicial, porque si bien es cierto que el Tribunal Supremo de Justicia, posterior a los decretos y a sus respectivas prorrogas, ha emitido las resoluciones 2020-0001,, 2020-0002, 2020-0003, 2020-0004, 2020-0005, y 2020-0006, mediante la cual resolvió que ningún Tribunal despacharía entre las fechas allí especificadas, no es menos cierto que el acceso a la justicia ha sido bastante infructuoso, es decir, violación de la tutela judicial efectiva (artículo 26) y del debido proceso, (articulo 49) por hacer mención de los artículos constitucionales mas resaltantes.



 
 
 

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